martes, 13 de agosto de 2013

PRINCIPIOS DEL DERECHO COMERCIAL



¿QUE ES COSTUMBRE MERCANTIL?


La costumbre mercantil es un conjunto de usos y prácticas mercantiles realizados por los comerciantes, ocupan un lugar de especial importancia en el Derecho Comercial, dado que pueden adquirir la misma autoridad que la ley mercantil siempre que cumplan ciertos requisitos como: uniformidad, que son hechos que constituyen costumbre y deben ser ejecutados por el sector económico o grupo que realiza la práctica.

http://www.elcolombiano.com/BancoConocimiento/Q/que_es_la_costumbre_mercantil/que_es_la_costumbre_mercantil.asp




Podemos observar algunas costumbres mercantiles de villavicencio en el siguiente documento: http://www.ccv.org.co/ccvnueva/images/descargas/costumbremercantil/orp-328_practica_constitutiva_de_costumbre_mercantil_iv.pdf


DE LOS COMERCIANTES

ARTICULO 10: Son comerciantes las personas que profesionalmente se ocupan en alguna de las actividades que la ley considera mercantiles.
La calidad de comerciante se adquiere aunque la actividad mercantil se ejerza por medio de apoderado, intermediario o interpuesta persona.
La calidad de comerciante se adquiere aunque la actividad mercantil se
Ejerza por medio de apoderado, intermediario o interpuesta
Persona”. Comerciantes es pues, aquella Persona natural o Persona
Jurídica que voluntariamente, y de forma regular y
Profesionalmente, desarrolla un acto jurídico considerado como mercantil por la ley.
De lo anterior se evidencia claramente que, el hecho que otorga la
calidad de comerciante a una persona es la realización por parte de
ésta de actos de comercio de manera profesional, habitual y no
ocasional, tal y como lo establece el artículo 11 del código de
comercio cuando señala: “las personas que ejecuten ocasionalmente
operaciones mercantiles no se considerarán comerciantes en cuanto
a dichas operaciones.”

OBLIGACIONES DE LOS COMERCIANTES

Entre las muchas obligaciones que tienen los comerciantes, el 
código de comercio establece que los comerciantes están: 
Obligados a llevar contabilidad, a inscribirse en el Registro 
mercantil, a registrar los Libros de contabilidad o Libros de 
comercio, conservar los documentos y soportes relacionados con su 
actividad, etc.
Existen otro tipo de obligaciones como son las relacionadas con los 
impuestos, y con las obligaciones que les exigen las diferentes 
entidades de control del estado como las superintendencias, obligaciones que se irán desarrollando posteriormente.

REFERENCIAS :1. Derecho comercial, 2010, Quienes son comerciantes; En: 
heliza. http://www.gerencie.com/quienes-son-comerciantes.html


No hay comentarios:

Publicar un comentario